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Actividades Vulnerables: catálogo completo, umbrales y obligaciones 2026

Catálogo del Art. 17: inmobiliarias, autos, joyería, préstamos, notarios, juegos, activos virtuales y más, con umbrales en UMA y pesos y enlaces a las guías antilavado 2026.

Por Equipo Monitor EFOS · Publicado 11 ago 2026

Respuesta directa

Las Actividades Vulnerables son los actos u operaciones que enumera el Artículo 17 de la LFPIORPI (última reforma DOF 16/07/2025): juegos, tarjetas, préstamos, inmuebles, joyería, vehículos, blindaje, notarios, traslado de valores, outsourcing profesional, donativos, arrendamiento, comercio exterior y activos virtuales, entre otras. Cada fracción trae umbrales en UMA para identificación y aviso. Monitor EFOS ayuda a conocer a la contraparte antes de integrar expediente. Herramienta independiente: no somos la UIF ni el SAT; no es asesoría legal.

El hub Reforma Ley Antilavado 2026 resume las nuevas reglas de 2026–2028. Esta guía concentra el catálogo del Art. 17 y los montos en pesos con la UMA vigente.

Conversión UMA a pesos (referencia 2026)

Los umbrales del Art. 17 se expresan en veces el valor diario de la UMA. Para convertir a pesos mexicanos usamos la UMA diaria de $117.31, publicada en el DOF 09/01/2026 y vigente desde el 1 de febrero de 2026. Si la UMA cambia en 2027, recalcule los montos con la nueva publicación del INEGI en el DOF.

Catálogo del Art. 17: umbrales en UMA y pesos

Tabla de referencia según el Art. 17 LFPIORPI. «Siempre» en identificación significa en toda operación, sin umbral mínimo. Los montos en pesos son ilustrativos con UMA $117.31; la ley opera en UMA.

Fr.Actividad (resumen)IdentificaciónAviso
IJuegos con apuesta, concursos y sorteos325 UMA ($38,125.75)645 UMA ($75,664.95)
II a)Tarjetas de crédito o de servicios (gasto mensual)805 UMA/mes ($94,434.55)1,285 UMA/mes ($150,743.35)
II b–cTarjetas prepagadas, vales, monederos electrónicos645 UMA/op. ($75,664.95)645 UMA/op. ($75,664.95)
IIICheques de viajeroSiempre645 UMA ($75,664.95)
IVMutuo, préstamos o créditos con o sin garantíaSiempre1,605 UMA ($188,282.55)
VConstrucción o intermediación de bienes inmueblesSiempre8,025 UMA ($941,412.75)
V BisRecepción de recursos para desarrollo inmobiliarioSiempre8,025 UMA ($941,412.75)
VIMetales preciosos, piedras preciosas, joyas y relojes805 UMA ($94,434.55)1,605 UMA en efectivo ($188,282.55)
VIISubasta o comercialización de obras de arte2,410 UMA ($282,717.10)4,815 UMA ($564,847.65)
VIIIVehículos terrestres, aéreos o marítimos3,210 UMA ($376,565.10)6,420 UMA ($753,130.20)
IXServicios de blindaje2,410 UMA ($282,717.10)4,815 UMA ($564,847.65)
XTraslado o custodia de dinero o valoresSiempre3,210 UMA ($376,565.10)
XIServicios profesionales u outsourcing (actúa por el cliente)SiempreSiempre
XIIFe pública: notarios y corredoresSiempreVariable por acto (ver Art. 17 fracc. XII)
XIIIDonativos a organizaciones sin fines de lucro1,605 UMA ($188,282.55)3,210 UMA ($376,565.10)
XIVComercio exterior y agentes aduanalesVariable por operaciónPor pedimento u operación (Art. 17 fracc. XIV)
XVArrendamiento de inmuebles1,605 UMA ($188,282.55)3,210 UMA ($376,565.10)
XVIIntercambio de activos virtualesSiempre210 UMA ($24,635.10)

En fe pública (fracc. XII) el aviso depende del acto: transmisión de inmuebles, poderes irrevocables, constitución de personas morales, mutuo o fideicomiso traslativo de dominio tienen umbrales distintos en el mismo artículo. Abra el texto del Art. 17 LFPIORPI para el acto exacto que protocoliza.

Identificación vs aviso

Son dos obligaciones distintas. La identificación obliga a integrar el expediente único: datos del cliente, beneficiario controlador cuando aplique, documentos de soporte y conservación por el plazo que marca la ley. El aviso es el reporte al SAT vía el portal SPPLD cuando la operación alcanza el umbral de la fracción que usted realiza, o cuando la acumulación del penúltimo párrafo del Art. 17 LFPIORPI lo exige.

  • ·Puede identificar sin avisar si el monto está entre el umbral de identificación y el de aviso (fracciones I, VI, VII, VIII, IX, XIII y XV).
  • ·Varias fracciones exigen identificación desde el primer peso (IV, V, V Bis, X, XI, XII y XVI).
  • ·El Art. 32 LFPIORPI limita el pago en efectivo en varias actividades; el aviso en joyería (fracc. VI) distingue operaciones en efectivo.
  • ·Los mecanismos automatizados del Art. 41 fracc. II deben agrupar operaciones del mismo cliente y calcular acumulación conforme al Art. 17 de la Ley (DOF 07/08/2026).

Obligaciones nuevas 2026–2027

Quien ya era sujeto obligado por el Art. 17 suma controles del Acuerdo publicado en el DOF 07/08/2026. Calendario resumido:

  • ·30 nov 2026: vigencia del Acuerdo (Transitorio Primero). Hub: Reforma Ley Antilavado 2026.
  • ·1 mar 2027: metodología de evaluación de riesgos (Cap. II Quáter) y semáforo de clientes (Cap. III Bis). Guía: metodología EBR.
  • ·1 mar 2027: Manual de Políticas Internas actualizado con esa metodología; Capítulos III Bis, III Ter y III Quinquies aplican a actos desde esa fecha.
  • ·2027: capacitación anual (Art. 39 Bis, Transitorio Séptimo).
  • ·1 jun 2027: mecanismos automatizados operando con datos desde esa fecha (Art. 41). Guía: mecanismos automatizados.
  • ·2028: primera auditoría anual (Art. 42, Transitorio Octavo).

La EBR y el semáforo usan factores de su Actividad Vulnerable: tipo de cliente, producto del Art. 17, canal y zona. Incluya presencia en listas abiertas del SAT como factor verificable en la matriz.

Primer control: conocer a sus contrapartes

Antes de cerrar una operación que active identificación o aviso, conozca a la contraparte. Pida RFC con homoclave, constancia de situación fiscal cuando aplique y cruce el RFC contra listas abiertas del SAT (69, 69-B). Al alta o antes de un monto relevante, verifique un RFC gratis en Monitor EFOS y guarde fecha y resultado en el expediente.

La presencia en listas del SAT refuerza la evaluación de riesgo del cliente en su metodología; el Art. 41 fracc. V exige alertas sobre personas en el listado del Art. 38 (UIF), régimen distinto del 69-B. Procedimiento operativo en cómo verificar un proveedor en la lista negra del SAT.

Monitoreo continuo de contrapartes

Un chequeo al alta no cubre cambios posteriores en padrones del SAT ni en el perfil del cliente. Para carteras de compradores, arrendatarios o prestamistas, active monitoreo continuo con alertas por correo, webhook y API: historial de consultas con fecha para auditoría 2028 y avisos cuando un RFC cambie de estatus en listas abiertas.

Verifique un RFC ahora

Use el verificador gratuito de Monitor EFOS: cruce 69-B, 69-B Bis y padrones del Art. 69 con datos abiertos del SAT. Sin registro.

Preguntas frecuentes

¿Una inmobiliaria siempre debe identificar y avisar?+

Las fracciones V y V Bis del Art. 17 LFPIORPI exigen identificación en toda operación de intermediación o recepción de recursos para desarrollo inmobiliario. El aviso se presenta cuando el monto de la operación es igual o superior a 8,025 UMA ($941,412.75 con UMA diaria $117.31, DOF 09/01/2026). Revise el texto vigente en la ley y confirme con su asesor si su rol es intermediación, desarrollo o arrendamiento (fracc. XV, umbrales distintos).

¿Un lote de autos en un mes activa aviso antilavado?+

La fracción VIII del Art. 17 LFPIORPI fija identificación desde 3,210 UMA por operación ($376,565.10) y aviso desde 6,420 UMA ($753,130.20) en la compraventa de vehículos. Varias unidades en el mismo periodo pueden acumular conforme al penúltimo párrafo del Art. 17; los mecanismos automatizados del Art. 41 fracc. II deben calcular esa acumulación. Monitor EFOS no determina umbrales; cruza RFC de compradores y vendedores en el verificador gratuito.

¿Los prestamistas particulares están en Actividades Vulnerables?+

Sí si otorgan mutuo, préstamos o créditos con o sin garantía (fracc. IV del Art. 17 LFPIORPI): identificación en toda operación y aviso cuando el monto alcanza 1,605 UMA ($188,282.55 con UMA $117.31 diaria, DOF 09/01/2026). Quien solo cobra intereses de un crédito ya otorgado fuera de esa fracción puede no ser sujeto obligado; la actividad real, no el objeto social, define la obligación.

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Herramienta independiente basada en listas abiertas del SAT. No somos el SAT y esta información no constituye asesoría fiscal ni legal.